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martes, 22 de mayo de 2007

El Txoko del Árbitro III

Tercera edición de "El Txoko del árbitro" en la que Iñigo Garate sigue resolviendo las dudas que enviáis a la dirección waterpoloelblog@hotmail.com. Esperamos sigáis enviando las dudas que todos tenemos sobre reglamento para continuar aprendiendo.
1. Se puede hundir el balón si no hay ningún adversario cerca? Hay algún tipo de limitación al respecto? Dónde está el límite?

La regla (wp 20.6) dice "hundir o mantener completamente hundida la pelota bajo el agua cuando se es atacado por un contrario" por lo tanto esto responde la pregunta y te marca el limite de hasta que momento puedo mantener la pelota hundida.

2. Redacción de anexos: el árbitro debe poner todo lo sucedido en el anexo? o puede omitir o incluir datos (e incluso hacer valoraciones) de el hecho ocurrido según su criterio? Por ejemplo, si el jugador pide disculpas al finalizar el encuentro, el árbitro debe hacerlo constar en acta o puede valorar si es conveniente o no indicarlo? (típico caso de disculpa no creíble, unicamente hecha con la intención de una posible rebaja de sanción). Es que para el árbitro en caliente es muy dificil valorar si la disculpa es sincera o no.

El árbitro en el anexo debe hacer constar lo acontecido, lo que ocurre es que siempre lo hará desde su óptica en multitud de ocasiones una misma jugada vista desde posiciones distintas nos da lugar para hacer distintas lecturas de la misma. En teoría la redacción de un acta debería de realizarse sin valoraciones, exponiendo exclusivamente los hechos de manera escrupulosa, haciendo una descripción de los mismos literal. Por ejemplo, en un acta no se debería poner "...le da un puñetazo en la cara al....." la redacción correcta seria, "...el jugador nº..., golpea con mano cerrada en el lado derecho de la cara, del jugador...." es decir una descripción de hechos tal y como los hemos visto, el que ha de juzgar es el comité de competición y muchas veces con la manera de redactar ya le estamos tipificando en hecho y no le damos opción, ni posibilidad de enjuiciar.
Con relación al pedir disculpas tras el encuentro, se deben de hacer constar las mismas en el acta, pero el arbitro también podrá hacer una descripción de como se han producido las mismas. Desde mi punto de vista (totalmente personal) las disculpas si no son inmediatas y espontáneas deberían de carecer de carácter atenuante de la posible sanción. Es muy fácil liarla con toda la mala intención del mundo y al final el delegado te recuerde que pidas perdón para que reduzcan la sanción, por el simple hecho de acercarse a la mesa.

Iñigo Garate (árbitro internacional)

3 comentarios:

Anónimo dijo...

vaya chapa esto del txoko del arbitro.

Anónimo dijo...

Si no quieres no lo leas chaval...

Anónimo dijo...

El que dice que es una chapa es el primero que luego en los partidos se queja y sin razon, puesto que no se sabe las reglas.